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Encontramos el fundamento
legal de los mecanismos de fomento y promoción de la
participación ciudadana y vecinal en el Municipio en el Título
Séptimo Artículo 120 de la Ley de Gobierno y la Administración
Pública del Estado de Jalisco, siendo esta parte del Plan de
Desarrollo Municipal de Colotlán, el cual prevé las normas
referentes a las formas, medios y procedimientos de
participación de los vecinos, asociaciones de vecinos y demás
personas jurídicas con funciones de representación ciudadana y
vecinal en la gestión municipal y la correspondiente información
que tienen que recibir para ello, teniendo entre sus objetivos:
a) Facilitar y promover la participación de los vecinos y
asociaciones que los agrupan en la gestión municipal.
b) Fomentar la vida asociativa y la participación ciudadana y
vecinal en la ciudad, sus barrios y zonas.
c) Aproximar la gestión municipal a los vecinos, procurando de
este modo mejorar su eficacia.
d) Facilitar a las asociaciones de vecinos y demás personas
jurídicas con funciones de representación ciudadana y vecinal,
la información acerca de las actividades, obras, servicios,
proyectos y programas emprendidos por las dependencias
municipales.
e) Garantizar la solidaridad y equilibrio entre las distintas
colonias, barrios y zonas del territorio municipal.
Los Agentes y Delegados Municipales cuyo cargo está la atención
de las colonias y comunidades, tienen un programa de visita
mediante el cual canalizan la información que va del
Ayuntamiento a la comunidad y la información que se debe
canalizar a las Dependencias del Ayuntamiento. |